viernes, 9 de marzo de 2012

OTRO CASO REAL DE CUSTODIA COMPARTIDA QUE VULNERA GRAVEMENTE EL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR

El padre, de 42 años, empleado de banca, TIENE UNA CONDENA DE MALOS TRATOS HACIA LA MADRE CON ARMA BLANCA DE POR MEDIO. A mediados de 2010, se enamora de una chica mucho más joven que él a través de una red social. Por ese motivo, abandona el hogar familiar, dejando a las niñas (de 2 y 5 años en ese momento) y a la madre en la casa.
La madre en ese momento está en paro pero aun así, el padre cambia inmediatamente la domiciliación de la nómina a una cuenta privativa, dejando a la madre y las niñas en la más absoluta precariedad. Salen adelante con la ayuda de familiares y amigos, que les prestan dinero para seguir pagando la hipoteca, gastos de comida, luz, agua…..en definitiva, los gastos básicos de subsistencia. El padre, durante todo ese tiempo, se desentiende totalmente de la manutención de sus hijas, y se dedica a montar una nueva casa con su nueva pareja y el hijo de ésta.
Pese a su total falta de apoyo, la madre consiente en que el padre se lleve a las niñas en fines de semana alternos, sin que haya ninguna resolución judicial al respecto.
El padre, en agradecimiento, cuelga una foto de la madre en una red social, acompañada de insultos y comentarios vejatorios. La madre denuncia este hecho y es condenado, de modo que ya van dos condenas por conducta violenta y vejatoria hacia la madre.
Por supuesto, en la demanda de divorcio contencioso, el padre pide la custodia total de las niñas. Los antecedentes dan igual. La jueza, al ver que es un caso bastante turbio, en lugar de entrar en el fondo del asunto, remite a los progenitores al equipo psicosocial sin realizar ningún tipo de indagación.
En la prueba psicosocial, se ponen en evidencia las dos condenas del padre, una de ellas por malos tratos (no lo olvidemos), así como que la madre se muestra contraria a la custodia compartida ya que los antecedentes son completamente adversos y no llevarían sino a desaconsejar esa medida. El psicólogo, adivinad: recomienda la custodia compartida. La madre, al enterarse de semejante despropósito, va a hablar con el psicólogo para mostrarle su desacuerdo y como explicación, éste le dice que el padre ha aportado firmas, recabadas a través de una de estas asociaciones de papas separados que tanto respaldan y encubren a los maltratadores (vamos, un razonamiento de psicología infantil de mucho peso…..). Increíble.
Ante esto, el juez dicta sentencia reflejando fielmente las recomendaciones del psicólogo postmachista de turno, que recomienda la custodia compartida en base a unas firmas y pasándose los antecedentes tan graves por el arco del triunfo (con perdón de la expresión).
Pero hay más que añadir. Según el artículo 92 del Código civil, el juez tiene que recabar informe del Ministerio Fiscal: pues en este caso, no existe. Además, alguno de los progenitores debió haber solicitado la custodia compartida: ninguno la solicitó (ambos pidieron la custodia total). Se deberá tener en cuenta como criterio el que haya un consenso posible entre los progenitores: no se tuvo en cuenta. No se deberá conceder nunca la custodia compartida si uno de los progenitores está incurso en un proceso por malos tratos: en este caso está condenado, pero no se tiene en cuenta para nada.
Sentencia judicial por semanas: una semana las niñas en la casa familiar, que se condece a la madre, y otra semana en casa de los abuelos paternos. No hay pensión de alimentos porque cada uno corre con el 50% de gastos y gastos extraordinarios a medias.
Resultado: la custodia compartida está siendo una odisea. Las niñas completamente incomunicadas de la madre mientras están con el padre. El padre no paga el 50% de las clases extraescolares, por lo tanto las niñas van a clases extraescolares una semana sí y otra no, con el consiguiente retraso en el aprendizaje. Las niñas no tienen hábito de estudio alguno, ya que las disciplinas horarias en cada casa son direrentes…en definitiva, las niñas viven inmersas en el desacuerdo y las contradicciones.
Estas niñas fracasarán en los estudios y arrastrarán problemas psicológicos de por vida.
Otra sentencia más que vulnera claramente el bienestar psicosocial de los menores. ¿Y quién va a responder del daño causado a estas niñas por la falta de profesionalidad de la juez y por la falta de ética profesional del psicólogo? Nadie.